lunes, 30 de enero de 2017

¿QUÉ DICE LA DSI SOBRE LAS RELACIONES INTERNACIONALES?


Leey responde...
A pesar de que esté ampliamente difundida la aspiración hacia una auténtica comunidad internacional, la unidad de la “familia humana” no encuentra todavía realización, puesto que se ve obstaculizadas por ideologías materialistas y nacionalistas que niegan los valores propios de la persona considerada integralmente, en todas sus dimensiones; material y espiritual, individual y comunitaria. En particular, es moralmente inaceptable cualquier teoría o comportamiento inspirados en el racismo y en la discriminación racial.

Convivencia entre las naciones.
La convivencia entre las naciones se funda en los mismos valores que deben orientar la de los seres humanos entre sí: la verdad, la justicia, la solidaridad y la libertad.
La enseñanza de la Iglesia en el ámbito de los principios constitutivos de la comunidad internacional exhorta a que las relaciones entre los pueblos y las comunidades políticas encuentren su justa regulación en la razón, la equidad, el derecho, la negociación…, al tiempo que excluye el recurso a la violencia y a la guerra, a formas de discriminación, de intimidación y de engaño.
El derecho se presenta como instrumento de garantía del orden internacional con la convicción de que el bien común de una nación es inseparable del de toda la familia humana.
La comunidad internacional es una comunidad jurídica fundada en la soberanía de cada uno de los Estados, sin vínculos de subordinación que nieguen o limiten su independencia. Concebir de este modo la comunidad internacional no significa en absoluto relativizar o eliminar las diferencias y características peculiares de cada pueblo, sino favorecer sus expresiones.

La soberanía nacional.
La DSI reconoce la importancia de la soberanía nacional, concebida como expresión de la libertad que debe regular las relaciones de los Estados.
La soberanía representa la subjetividad de una nación en su perfil político, económico, social y cultural. Pero la soberanía nacional no es un absoluto. Las naciones pueden libremente renunciar al ejercicio de alguno de sus derechos, en orden a lograr un objetivo común, con la conciencia de formar una “familia humana”, donde deben reinar la confianza recíproca, el apoyo y el respeto mutuos.

Orden internacional.
Para realizar y consolidar el orden internacional que garantice eficazmente la convivencia pacífica entre los pueblos, la misma ley moral que rige la vida de los hombres debe regular también las relaciones entre los Estados: “ley moral cuya observancia debe ser inculcada y promovida por la opinión pública de todas las naciones y de todos los Estados con tal unanimidad de voz y fuerza, que ninguna pueda osar ponerla en duda o atenuar su vínculo obligante”. Es necesario que la ley moral universal, escrita en el corazón del ser humano, sea considerada efectiva e inderogable como viva expresión de la conciencia que la humanidad tiene en común; una expresión capaz de orientar el diálogo sobre el futuro del mundo.
La reflexión jurídica y teológica, vinculada al derecho natural, ha formulado “principios universales que son anteriores y superiores al derecho interno de los Estados”, como son la unidad del género humano, la igual dignidad de todos los pueblos, el rechazo de la guerra para superar las controversias, la obligación de cooperar al bien común y/o la exigencia de mantener los acuerdos suscritos. Este último principio se debe subrayar especialmente a fin de evitar “la tentación de apelar al derecho de la fuerza más que a la fuerza del derecho”.

Instrumentos internacionales para soluciones pacíficas.
La legalidad internacional debe apoyarse en la creación de “una autoridad judicial totalmente efectiva en un mundo en paz”.
Un progreso en esta dirección permitirá a la comunidad internacional presentarse no ya como un simple momento de agrupación de la vida de los Estados, sino como una estructura en la que los conflictos pueden resolverse pacíficamente.
El derecho internacional “debe evitar que prevalezca la ley del más fuerte”.
Una autoridad política ejercida en el marco de la comunidad internacional debe estar regulada por el derecho, ordenada al bien común y ser respetuosa del principio de subsidiaridad: “no corresponde a esta autoridad mundial limitar la esfera de acción o invadir la competencia propia de la autoridad pública de cada Estado. Por el contrario, la autoridad mundial debe procurar que el todo el mundo se cree un ambiente dentro del cual no sólo los poderes públicos de cada nación, sino también los individuos y los grupos intermedios, puedan con mayor seguridad realizar sus funciones, cumplir sus deberes y defender sus derechos”.
Una política internacional que tienda al objetivo de la paz y el desarrollo mediante la adopción de medidas coordinadas es más necesaria que nunca a causa de la globalización de los problemas. La DSI subraya que la interdependencia entre los hombres y las naciones adquiere una dimensión moral y determina las relaciones del mundo actual en el ámbito económico, cultural, político y religioso.

Cuestiones.
1. Según  la DSI… ¿Qué principales obstáculos encuentra la realización de la unidad de la “familia humana” todavía hoy?
2. ¿En qué valores se debe fundar la convivencia de las naciones a juicio de la Iglesia?
3. ¿Cómo se define la comunidad internacional?
4. ¿Qué importancia reviste para la Iglesia el derecho internacional?
5. La reflexión jurídica y teológica, vinculada al derecho natural, ha formulado “principios universales que son anteriores y superiores al derecho interno de los Estados”. ¿Cuáles?
6. ¿Cuál de los anteriores principios se debe subrayar especialmente para evitar “la tentación de apelar al derecho de la fuerza más que a la fuerza del derecho”?
7. ¿Cuál debe ser el objetivo primordial del derecho internacional? ¿Qué instrumento/s propone la DSI para logro de tal objetivo?
8. A partir de lo trabajado en esta entrada, ¿qué valoración podemos realizar como cristianos católicos de las últimas medidas anti-inmigración del presidente de los EE.UU., Donald Trump?

sábado, 28 de enero de 2017

¿QUÉ DICE LA DSI SOBRE EL TRABAJO? (II)

Lee y responde a las cuestiones que figuran al final de la entrada.


Nuevas formas de formación y apoyo.
La conservación del empleo depende cada vez más de las capacidades profesionales. El sistema de instrucción y educación no debe descuidar la formación humana y ética, necesaria para desarrollar con provecho las tareas requeridas. La necesidad cada vez más difundida de cambiar varias veces de empleo a lo largo de la vida, impone al sistema educativo favorecer la disponibilidad de las personas a una actualización permanente y una reiterada cualificación.
Los jóvenes deben aprender a actuar autónomamente y a hacerse capaces de asumir responsablemente la tarea de afrontar con competencia los riesgos vinculados a un contexto económico cambiante y frecuentemente imprevisible en su evolución. Es igualmente indispensable ofrecer ocasiones formativas oportunas a los adultos que buscan una nueva cualificación, así como a los desempleados.
En general, la vida laboral de las personas debe encontrar nuevas y concretas formas de apoyo, comenzando precisamente por el sistema formativo, de manera que sea menos difícil atravesar etapas de cambio, incertidumbre y precariedad.

Creación de acciones que protejan el derecho del trabajo.
Los problemas de la ocupación reclaman la responsabilidad del Estado, al cual compete el deber de promover políticas que activen el empleo, es decir, que favorezcan la creación de oportunidades de trabajo en el territorio nacional, incentivando para ello el mundo productivo.
El deber del Estado no consiste tanto en asegurar el derecho al trabajo de todos los ciudadanos, constriñendo la actividad económica y sofocando la libre iniciativa de las personas, cuanto sobre todo en “secundar la actividad de las empresas, creando condiciones que aseguren oportunidades de trabajo, estimulándola donde sea insuficiente o sosteniéndola en momentos de crisis”.

Protección del derecho al trabajo de la mujer.
La presencia de la mujer es necesaria en todas las expresiones de la vida social. Por ello se ha de garantizar la presencia de las mujeres en el ámbito laboral.
El primer paso en esta dirección consiste en favorecer la posibilidad concreta de acceso de la mujer a la formación profesional…, sin perder de vista además, que la organización del trabajo tiene que tener en cuenta la dignidad y la vocación de la mujer, cuya “verdadera promoción… exige que el trabajo se estructure de manera que no deba pagar su promoción con el abandono del carácter específico y propio y en perjuicio de la familia, en la que como madre tiene un papel insustituible”.
La persistencia de muchas formas de discriminación que ofenden la dignidad y la vocación de la mujer en la esfera del trabajo, se debe a una larga serie de condicionamientos perniciosos para la mujer, que ha sido y es todavía “olvidada en sus prerrogativas, marginada frecuentemente e incluso reducida a la esclavitud”.
Estas dificultades no han sido superadas aún, como lo demuestran en todo el mundo las diversas situaciones que humillan a las mujeres, sometiéndolas a formas de verdadera explotación.
La urgencia de un efectivo reconocimiento de los derechos de la mujer en el trabajo se advierte especialmente en los aspectos de la retribución, la seguridad y la previsión social.

Explotación infantil e inmigración.
El trabajo infantil y de menores, en sus formas intolerables, constituye un tipo de violencia menos visible, pero no por ello menos terrible. Una violencia que, más allá de todas las implicaciones políticas, económicas y jurídicas, sigue siendo esencialmente un problema moral.
La explotación infantil constituye una grave violación de la dignidad humana de la que todo individuo es portador, “prescindiendo de que sea pequeño o aparentemente insignificante en términos utilitarios”.
Por otra parte, la inmigración puede ser un recurso más que un obstáculo para el desarrollo. En el mundo actual, debido al crecente desequilibrio entre países ricos y pobre y también a las posibilidades que ofrecen las comunicaciones modernas, aumenta la emigración de personas en busca de mejores condiciones de vida, procedentes de las zonas más desfavorecidas de la tierra. Su llegada a los países más desarrollados es a menudo percibida como una amenaza para los elevados niveles de bienestar alcanzados gracias a decenios de crecimiento económico. Los inmigrantes sin embargo, en la mayoría de los casos, responden a un requerimiento en la esfera del trabajo que de otra manera quedaría insatisfecho, en sectores y territorios en los que la mano de obra local es insuficiente o no está dispuesta…
Las instituciones de los países que reciben inmigrantes deben vigilar cuidadosamente para que no se difunda la tentación de explotar a los trabajadores extranjeros, privándoles de los derechos garantizados a los trabajadores nacionales, que deben ser asegurados a todos sin discriminación.
La regulación de los flujos migratorios según criterios de equidad y de equilibrio es una de las condiciones indispensables para conseguir que la inserción se realice con las garantías que exige la dignidad de la persona humana.
Los inmigrantes deben ser recibidos en cuanto personas y ayudados, junto con sus familias, a integrarse en la vida social. En este sentido, se ha de respetar y promover el derecho a la reunión de sus familias. Al mismo tiempo, en la medida de lo posible, han de favorecerse todas aquellas condiciones que permiten mayores posibilidades de trabajo en sus lugares de origen.

La DSI y los derechos de los trabajadores.
Los derechos de los trabajadores, como todos los demás derechos, se basan en la naturaleza de la persona humana y su dignidad trascendente. El Magisterio ha considerado oportuno enunciar algunos de ellos indicando la conveniencia de su reconocimiento en los ordenamientos jurídicos: el derechos a una justa remuneración, el derecho al descanso, el derechos a ambientes de trabajo y a procesos productivos que no comporten perjuicio para la salud física de los trabajadores y que no dañen su integridad moral, el derecho a que sea salvaguardada la propia personalidad en el lugar de trabajo, el derecho a subsidios adecuados e indispensables para la subsistencia de los trabajadores desempleados y de sus familias, el derecho a la seguridad social para los casos de enfermedad o accidente y a la pensión para la vejez, el derecho a previsiones sociales vinculadas a la maternidad, el derecho a reunirse y asociarse…
Estos derechos son a menudo desatendidos, como confirman los tristes fenómenos del trabajo infrarremunerado, sin garantías ni prestaciones adecuadas. Con lamentable frecuencia ocurre que las condiciones de trabajo para hombres, mujeres y niños, especialmente en los países en vías de desarrollo, son tan inhumanas que ofenden su dignidad y dañan su salud.

Cuestiones.
  1. ¿Qué necesidades formativas se imponen al sistema educativo para favorecer la disponibilidad de las personas al mundo laboral? ¿Qué no se debe descuidar orientando la formación a la empleabilidad?
  2. ¿Cuáles son (y cuáles no), según la DSI, los deberes concretos del Estado con relación a los problemas que plantea el desempleo?
  3. ¿Qué valoración se hace de la presencia de la mujer en el ámbito del trabajo por parte la Iglesia? ¿Qué pasos debieran darse para favorecer tal presencia?
  4. Lamentablemente, todavía hoy se hace urgente una reclamación del reconocimiento de los derechos de la mujer en el trabajo…, ¿especialmente en qué tres aspectos?
  5. ¿Qué consideración hace el pensamiento social de la Iglesia de la explotación infantil? ¿Por qué?
  6. ¿Qué principales factores alientan el crecimiento de los flujos migratorios en el mundo actual?
  7. ¿Qué deberes asigna la DSI a las instituciones de los países que reciben inmigrantes para una buena gestión de los flujos migratorios?
  8. ¿Qué dos criterios deben presidir, según la DSI, la toma de decisiones con relación a los problemas derivados de los flujos migratorios?
  9. Recoge en una lista los principales derechos de los trabajadores que el  Magisterio ha considerado oportuno enunciar para ser recogidos en los ordenamientos distintos jurídicos.
  10. Tristemente ocurre con frecuencia que los derechos laborales de hombres, mujeres y niños no son respetados…, ¿dónde, especialmente? ¿Por qué crees que esto es así?

viernes, 20 de enero de 2017

QUÉ DICE LA DSI SOBRE EL TRABAJO (I)

Lee y responde a las cuestiones que figuran al final de la entrada.
El trabajo es un derecho fundamental y un bien para hombres y mujeres: un bien útil, digno del ser humano, porque es idóneo para expresar y acrecentar la dignidad humana. La Iglesia enseña el valor del trabajo no solo porque es siempre personal, sino también por el carácter de necesidad.

El trabajo es un bien común.
El trabajo es necesario para formar y mantener una familia, adquirir el derecho a la propiedad y contribuir al bien común de la familia humana. La consideración de las implicaciones morales que la cuestión del trabajo comporta en la vida social, lleva a la Iglesia a indicar la desocupación como una “verdadera calamidad social”, sobre todo en relación con las jóvenes generaciones.
El trabajo es un bien de todos, que debe estar disponible para todos aquellos capaces de él. La “plena ocupación” es, por tanto, un objetivo obligado para todo ordenamiento económico orientado a la justicia y al bien común.
Una sociedad donde el derecho al trabajo sea anulado o sistemáticamente negado y donde las medidas de política económica no permitan a los trabajadores alcanzar niveles satisfactorios de ocupación, “no puede conseguir su legitimación ética ni la justa paz social”.
Una función importante y, por ello mismo, una responsabilidad específica y grave, tienen en este ámbito los “empresarios directos”, es decir, aquellas personas o instituciones de diverso tipo, capaces de orientar a nivel nacional y/o internacional la política del trabajo y la economía.

Consecuencias sociales de la globalización.
La globalización ha permitido experimentar formas nuevas de producción, trasladando las plantas de producción a regiones distintas de aquellas en las que se toman decisiones estratégicas y lejanas de los mercados de consumo. Dos son los factores que han impulsado este fenómeno: la extraordinaria velocidad de las comunicaciones actuales y la relativa facilidad para transportar mercancías y personas de una parte a otra del planeta.
Esto comporta una consecuencia fundamental sobre los mercados productivos: la propiedad está cada vez más lejos, a menudo indiferente a los efectos sociales de las opciones que realiza.
Por otra parte, si bien es cierto que la globalización, a priori, no es ni buena ni mala en sí misma, sino que depende del uso que el hombre hace de ella…, debe afirmarse que es necesaria también una globalización de la tutela, de los derechos mínimos esenciales y de la equidad.

Cambios en las estructuras del trabajo y sus consecuencias.
Una de las más características más relevantes de la nueva organización del trabajo es la “fragmentación física del ciclo productivo”, impulsada por el afán de conseguir una mayor eficiencia y unos beneficios mayores. Desde este punto de vista, las tradicionales coordenadas espacio-temporales dentro de las que se definía el ciclo productivo sufren una transformación sin precedentes, que determina un cambio en la estructura misma del trabajo.
Todo ello tiene importantes consecuencias en la vida de las personas y de las comunidades, sometidas a cambios radicales tanto en el ámbito de las condiciones materiales, cuanto en el de la cultura y de los valores. Este fenómeno afecta a nivel global y local, a millones de personas, independientemente de la profesión que ejercen, de su condición social o de su preparación cultural.
La reorganización del tiempo, su regulación y los cambios en curso en el uso del espacio…, deben considerarse, por consiguiente, un desafío decisivo, incluidos los aspectos ético y cultural, en el ámbito de la definición de un sistema renovado de la tutela del trabajo.
La globalización económica, con la liberación de los mercados, la acentuación de la competencia, el crecimiento de empresas especializadas en el abastecimiento de productos y de servicios…, requiere una mayor flexibilidad en el mercado de trabajo y en la organización y gestión de los procesos productivos. Al valorar esta delicada materia, parece oportuno conceder una mayor atención moral, cultural y estratégica para orientar la acción social y política en la temática vinculada a la identidad y los contenidos del nuevo trabajo, en un mercado y una economía a su vez nuevos. Los cambios del mercado de trabajo son a menudo un efecto del cambio del trabajo mismo, y no su causa.

Cambios sociales debidos a las innovaciones tecnológicas.
El trabajo, sobre todo en los países más desarrollados, atraviesa una fase que marca el paso de una economía de tipo industrial a una economía esencialmente centrada en los servicios y en la innovación tecnológica.
Gracias a las innovaciones tecnológicas, el mundo del trabajo se enriquece con nuevas profesiones, mientras otras desaparecen. En la actual fase de transición se asiste, en efecto, a un pasar continuo de empleados de la industria a los servicios. Mientras pierde terreno el modelo económico y social vinculado a las grandes fábricas y al trabajo de una clase obrera homogénea, aumentan las actividades laborales en el ámbito de los servicios, las prestaciones “a tiempo parcial” interinas y “atípicas”, es decir, las formas de trabajo que no se pueden encuadrar ni como “trabajo dependiente” ni como “trabajo autónomo”.
La transición en curso significa el paso de un trabajo dependiente a tiempo indeterminado, entendido como “puesto fijo”, a un trabajo caracterizado por una pluralidad de actividades laborales; de un mundo laboral compacto, definido y reconocido, a un universo de trabajos variado, fluido y rico de promesas, pero también de preguntas inquietantes.
Las exigencias de la competencia, de la innovación tecnológica y de la complejidad de los flujos financieros deben armonizarse con la defensa del trabajador y de sus derechos.
La inseguridad y la precariedad no afectan solamente a la condición laboral de los hombres y mujeres que viven en los países más desarrollados, sino también a las personas pertenecientes a las economías menos avanzadas del planeta. Estos últimos, además de los complejos problemas vinculados al cambio de los modelos económicos y productivos, deben afrontar cotidianamente las difíciles exigencias procedentes de la globalización en curso.
La situación resulta particularmente dramática para el mundo del trabajo, afectado por vastos y radicales cambios culturales y estructurales, en contextos frecuentemente privados de apoyos legislativos, formativos y de asistencia social.

Aumento de las formulas de trabajo independiente.
Muchas actividades que ayer requerían trabajo dependiente, hoy son realizadas en formas nuevas, que favorecen el trabajo independiente y se caracterizan por una mayor componente de riesgo y responsabilidad.
El trabajo en las pequeñas y medianas empresas, el trabajo artesanal y el trabajo independiente pueden constituir una buena ocasión para hacer más humana la vivencia laboral, ya sea por la posibilidad de establecer relaciones interpersonales positivas en los contextos de comunidades de menores dimensiones, ya sea por las mejores oportunidades que ofrecen al espíritu emprendedor… Sin embargo, no son pocos en estos sectores, los casos de trato injusto, de trabajo mal pagado y sobre todo inseguro.
En países en vías de desarrollo se ha venido difundiendo en estos últimos años el fenómeno de la expansión de actividades económicas “informales” o “sumergidas”, que presentan señales de un crecimiento económico prometedor, pero plantean problemas jurídicos y éticos serios.
El significativo aumento de puestos de trabajo suscitado por tales actividades se debe, en realidad, a la falta de especialización de gran parte de los trabajadores. Así, un elevado número de personas se ven obligadas a trabajar en condiciones de grave desazón y en un marco carente de reglas necesarias para proteger la dignidad de los trabajadores, cuyos salarios, con frecuencia, se revelan insuficientes para garantizar que sus familias alcancen un nivel de subsistencia.

Significación del trabajo agrícola.
El trabajo agrícola merece especial atención, debido a la función social, cultural y económica que desempeña en muchos países, a los numerosos problemas que debe afrontar en el contexto de una economía cada vez más globalizada y a su importancia en la salvaguardia del ambiente natural.
En muchas situaciones son necesarios cambios radicales y urgentes para volver a dar a la agricultura su justo valor como base de una sana economía.
Los cambios profundos y radicales que se presentan actualmente en el ámbito social y cultural y que afectan a todo el mundo rural, precisan con urgencia una reflexión profunda sobre el significado del trabajo agrícola y sus múltiples dimensiones… Reflexión que debe apoyarse con políticas agrícolas y ambientales capaces de superar una cierta concepción residual y asistencial…
En algunos países es además indispensable una redistribución de la tierra con el fin de eliminar el impedimento que supone el latifundio improductivo, condenado por la doctrina social de la Iglesia, para alcanzar un auténtico desarrollo económico. La reforma agraria es, por tanto, además de una necesidad política, una obligación moral. No llevarla a cabo constituye, en estos países, un obstáculo para los efectos benéficos que derivan de la apertura de los mercados y, en general, de las ventajosas ocasiones de crecimiento que la globalización actual puede ofrecer.

Peligro de exclusión social.
La capacidad propulsora de una sociedad orientada hacia el bien común y proyectada hacia el futuro se mide también por las perspectivas de trabajo que puede ofrecer.
El alto índice de desempleo y la persistencia de dificultades para acceder a la formación y al mercado de trabajo, constituyen para muchos, sobre todo para los jóvenes, un grave obstáculo en el camino de su realización humana y profesional.
Quien está desempleado o subempleado padece, en efecto, las consecuencias negativas que esta condición produce en la personalidad y corre el riesgo de quedar al margen de la sociedad y de convertirse en víctima de exclusión.
Además de a los jóvenes, este drama afecta, por lo general con más virulencia a las mujeres, a los menos formados, a los minusválidos, a los inmigrantes, a los ex-reclusos, a los analfabetos…, personas todas estas que encuentran mayores dificultades en la búsqueda de una colocación en el mundo del trabajo.

Cuestiones.
1. ¿Qué valor atribuye la Iglesia al trabajo? ¿Por qué? Justifica.
2. Define "globalización" en sentido económico.
3. ¿Cómo se valora la globalización económica por parte del la Iglesia? ¿Qué desafíos plantea?
4. ¿En qué consiste la "fragmentación fisica del ciclo productivo"? Trata de explicar de manera concreta. ¿Qué importantes consecuencias sobre la vida de las personas y las comunidades se derivan de todo ello?
5. ¿En qué consiste la terciarización de la economía? ¿Qué principales cambios sociales se siguen de este proceso?
6. Distingue concretamente entre "trabajo dependiente" y "trabajo independiente". ¿Cómo valora la Iglesia el aumento de forma de trabajo independiente?
7. ¿Qué principales problemas jurídicos y éticos plantean las diversas formas de actividades económicas "informales" y/o "sumergidas"?
8.¿Por qué el trabajo agrícola merece especial atención en el contexto de una economía cada vez más globalizada? ¿Qué retos se plantean aquí?
9. ¿Qué consideración hace la DSI del latifundio? ¿Qué tipo de reformas plantea esta consideración?
10. ¿Qué valoración se hace desde la Iglesia del "desempleo" y del "subempleo"? ¿Por qué? Justifica.

lunes, 16 de enero de 2017

QUÉ DICE LA DSI SOBRE LA VIDA

Lee con atención la siguiente entrada y responde en tu portfolio a las cuestiones que figuran a continuación.


¿Qué dice la DSI sobre la vida?

Dios creó al hombre como un ser social.
 “El derecho a la vida, del que forma parte integrante el derecho del hijo a crecer bajo el corazón de la madre después de haber sido concebido; el derecho a vivir en una familia unida y en un ambiente moral, favorable al desarrollo de la propia personalidad; el derecho a madurar la propia inteligencia y la propia libertad a través de la búsqueda y el conocimiento de la verdad; el derecho a participar en el trabajo para valorar los bienes de la tierra y recabar del mismo el sustento propio y de los seres queridos; el derecho a fundar libremente una familia, a acoger y educar a los hijos, haciendo uso responsable de la propia sexualidad... Fuente y síntesis de estos derechos es, en cierto sentido, la libertad religiosa, entendida como derecho a vivir en la verdad de la propia fe y en conformidad con la dignidad trascendente de la propia persona”.  (Centesimus annus, nº 47)
La persona es constitutivamente un ser social, porque así lo ha querido Dios que la ha creado.
La naturaleza del hombre se manifiesta, en efecto, como naturaleza de un ser que responde a sus propias necesidades sobre la base de una subjetividad relacional, es decir; como un ser libre y responsable, que reconoce la necesidad de integrarse y de colaborar con sus semejantes y que es capaz de comunión con ellos en el orden del conocimiento y del amor: “Una sociedad es un conjunto de personas ligadas de manera orgánica por un principio de unidad que supera a cada una de ellas. Asamblea a la vez visible y espiritual, una sociedad perdura en el tiempo: recoge el pasado y prepara el porvenir” (Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1880).
Es necesario destacar por tanto, que la vida comunitaria es una característica natural que distingue al hombre del resto de criaturas terrenas.
La actuación social comporta de suyo un signo particular del hombre y de la humanidad, el de una persona que obra en una comunidad de personas. Este signo determina su calificación interior y constituye, en cierto sentido, su misma naturaleza.
Esta característica relacional adquiere, a la luz de la fe, un sentido más profundo. Creada a imagen y semejanza de Dios, y constituida en el universo visible para vivir en sociedad, la persona está llamada desde el comienzo a la vida social. “Dios no ha creado al hombre como un ser solitario, sino que lo ha querido como ser social. La vida social no es, por tanto, exterior al hombre, el cual no puede crecer y realizar su vocación si no es en relación con los otros” (Libertatis conscientia, nº 32).
La sociabilidad humana no comporta automáticamente la comunión de las personas. A causa del egoísmo y de la soberbia, el hombre descubre en sí mismo gérmenes de insociabilidad, de cerrazón individualista y de vejación del otro (Gaudium et spes, nº 25).
Toda sociedad digna de este nombre, puede considerarse en la verdad cuando cada uno de sus miembros, gracias a la propia capacidad de conocer el bien, lo busca para sí y para los demás.
Es por amor al bien propio y al de los demás que el hombre se une en grupos estables, que tienen como fin la consecución de un bien común. También las diversas sociedades deben entrar en relaciones de solidaridad, de comunicación y de colaboración, al servicio del hombre y del bien común.

La sociabilidad humana y sus múltiples expresiones.
La sociabilidad humana no es uniforme, sino que reviste múltiples expresiones. El bien común depende, en efecto, de un sano pluralismo social.
Las diversas sociedades humanas están llamadas a constituir un tejido unitario y armónico, en cuyo seno sea posible a cada una conservar y desarrollar su propia fisonomía y autonomía.
Algunas sociedades, como la familia, la comunidad civil y la comunidad religiosa, corresponden más inmediatamente a la íntima naturaleza del hombre, mientras que otras proceden más bien de la libre voluntad: “Con el fin de favorecer la participación del mayor número de personas en la vida social, es preciso impulsar, alentar la creación de asociaciones e instituciones de libre iniciativa para fines económicos, sociales, culturales, recreativos, deportivos, profesionales y políticos, tanto dentro de cada una de las naciones como en el plano mundial”. Esta “socialización” expresa igualmente la tendencia natural que impulsa a los seres humanos a asociarse con el fin de alcanzar objetivos que exceden las capacidades individuales. Desarrolla las cualidades de la persona, en particular, su sentido de iniciativa y de responsabilidad. Ayuda a garantizar sus derechos” (Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1882).

Cuestiones.
1. Define técnicamente "sociabilidad" y "socialización", de manera que diferencies adecuadamente lo conceptualizado por ambos términos.
2. ¿Cómo fundamenta la DSI la sociabilidad humana (ser social; vida comunitaria)?
3. ¿Cómo se define "sociedad" en el nº 1880 del Catecismo de la Iglesia Católica?
4. Si la sociabilidad humana no compoprta automáticamente la comunión de las personas... ¿Qué es preciso para que se de tal comunión?
5. ¿Qué valoración hace la Iglesia Católica del pluralismo social? ¿Qué se propone para favorecer la participación del mayor número de personas en la vida social?

domingo, 8 de enero de 2017

PRINCIPALES DOCUMENTOS DE LA DSI

Para sintetizar las principales líneas del pensamiento social católico, con el siguiente cuadro nos proponemos resumir brevemente los contenidos de los documentos más importantes que han marcado las principales orientaciones de la DSI. Investiga y complétalo.

Documento, año y autor
Contenidos más significativos
Rerum Novarum (1891)
León XIII

Quadragesimo anno (1931)
Pío XI

Mater et magistra (1961)
Juan XXIII

Pacem in terris (1963)
Juan XXIII


Gaudium et Spes
Concilio Vaticano II (1963-1965)

Populorum progresio (1967)
Pablo VI

Octogésima adveniens (1971)
Pablo VI

Laborens exercens (1981)
Juan Pablo II

Sollicitudo rei sociales (1987)
Juan Pablo II

Centesimus annus (1991)
Juan Pablo II